Yasmín Esquivel Mossa
El debate en torno a las penas fijas por delitos sexuales cometidos por servidores públicos ha generado opiniones encontradas en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En este contexto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se ha manifestado en contra de invalidar dichas sanciones, argumentando que deben prevalecer los principios de protección reforzada a las víctimas, especialmente niñas, niños, adolescentes y mujeres.
El 8 de abril de 2025, la SCJN declaró inconstitucional una disposición del Código Penal de Tamaulipas que establecía una pena fija de cinco años de suspensión para los funcionarios públicos que cometan delitos sexuales aprovechando su cargo. La mayoría del Pleno consideró que esta norma violaba el principio de proporcionalidad al impedir al juez valorar cada caso de manera particular.
Sin embargo, Yasmín Esquivel, en su intervención, fue enfática al votar en contra de la invalidez. Para la ministra, la necesidad de individualizar las penas no debe eclipsar el deber constitucional de garantizar una protección reforzada a las víctimas, especialmente tratándose de delitos que implican un abuso de poder por parte de servidores públicos.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa fundamentó su postura en la reforma constitucional publicada el 15 de noviembre de 2024, la cual establece de manera clara la obligación del Estado mexicano de implementar medidas jurídicas más severas y específicas para salvaguardar a los sectores más vulnerables.
“Es imperativo que la Constitución se aplique con toda su fuerza normativa para que la protección reforzada a las víctimas no quede en letra muerta”, afirmó la jurista durante su intervención.
Yasmín Esquivel también recalcó que los delitos sexuales cometidos por servidores públicos representan una de las formas más graves de violencia institucional, y por ello, ameritan un tratamiento jurídico que refleje dicha gravedad.
Durante la sesión, Yasmín Esquivel Mossa recordó un precedente relevante: en 2007, la SCJN validó una norma del Código Penal Federal que establecía una sanción fija para casos similares, reconociendo la necesidad de proteger bienes jurídicos fundamentales como la libertad sexual.
Este antecedente, en opinión de la ministra, sustenta la validez de establecer penas fijas cuando se trata de delitos que involucran a autoridades que traicionan su función pública para agredir sexualmente a ciudadanos, especialmente cuando estos son menores de edad o mujeres.
Al final de su participación, Yasmín Esquivel enfatizó que la proporcionalidad de las penas no debe convertirse en una vía para debilitar la respuesta del Estado ante agresiones sexuales cometidas desde una posición de poder. Insistió en que el marco jurídico debe considerar no solo el delito, sino también el contexto y la posición del agresor.
“Cuando se trata de proteger a quienes históricamente han sido más vulnerables, el Estado no debe titubear en aplicar sanciones ejemplares”, concluyó.
La postura de la ministra Yasmín Esquivel Mossa confirma su visión de una justicia que no solo es legalmente sólida, sino también profundamente comprometida con la equidad y la defensa de los derechos humanos. En un momento en el que se busca erradicar la impunidad dentro de las instituciones públicas, su voto se convierte en una señal clara de que el poder judicial debe actuar con firmeza ante los delitos sexuales cometidos por quienes ocupan cargos de autoridad.
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