Colima

IEE Colima da cumplimiento a sentencia de la SCJN

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima modificó el pasado viernes, durante la Trigésima Segunda Sesión Extraordinaria del Periodo Interproceso 2024-2026, los Lineamientos para el procedimiento de selección, designación y remoción de Consejeras y Consejeros Electorales Propietarios y Suplentes de sus Consejos Municipales Electorales, determinando que su encargo será de carácter permanente, por lo que estarán trabajando en los Procesos Electorales Locales 2026-2027 y 2029-2030, así como durante los Periodos Interprocesos.  

En ese sentido, la dieta de asistencia y retribución mensual de las personas que ocupen los cargos de Consejería Municipal Electoral, será de conformidad con lo señalado en el presupuesto de egresos anual, en los términos previstos en el artículo 125 del Decreto 262 aprobado por el Congreso del Estado, de conformidad con lo resuelto por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional número 316/2023. 

Dentro de la modificación de los lineamientos, también se acordó llevar a cabo el cotejo de la documentación presentada por las personas aspirantes a una Consejería Municipal Electoral, para el cumplimiento de los requisitos exigidos y que llevaron a cabo su registro en línea. 

Además del escrito de Aviso de Privacidad para su inclusión y que sea presentado junto con la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos. 

En otro punto del Orden del Día, el Órgano Superior de Dirección del IEE dio cumplimiento a la sentencia emitida por el máximo Tribunal constitucional en el país, por lo que ajustó su actuación normativa, administrativa y presupuestal, a efecto de garantizar que las nuevas Consejerías Municipales Electorales también perciban las dietas de asistencia correspondientes durante los periodos interproceso, en los términos que determine el presupuesto aprobado y la normativa aplicable; y, por su parte, que las Consejerías Electorales integrantes del Consejo General, a quienes les es aplicable el Decreto 262, reciban su remuneración conforme a lo aprobado en el Presupuesto de Egresos de este Instituto. 

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