La Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE), María Elena Adriana Ruiz Visfocri exigió al Poder Ejecutivo y Legislativo dotar de los recursos financieros para el buen funcionamiento del organismo y para llevar a cabo todas las actividades necesarias para el Proceso Electoral 2023-2024.
Durante la Primera Sesión Extraordinaria del Proceso Electoral Local (PEL) 2023-2024, el Consejo General aprobó la Cuenta Pública Mensual, correspondiente al mes de septiembre de este año, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Colima.
Ahí, Ruiz Visfocri, comentó que producto de la revisión de esta cuenta pública, se puede apreciar cómo están aumentando exponencialmente los adeudos del Instituto respecto de todos los rubros porque no ha habido la ampliación presupuestal que se solicitó desde el mes de junio.
La ampliación que se señala por 7 millones de pesos, dijo, “está informada por la Secretaría de Finanzas del gobierno, sin embargo, no ha sido transferida al Instituto y representa menos de una cuarta parte de los requerimientos indispensables para el buen funcionamiento del IEE y para llevar a cabo todas las actividades necesarias para el Proceso Electoral”.
Resaltó que, a finales de 2022, el Consejo General del IEE solicitó 62 millones 476 mil 533 pesos para el ejercicio 2023, pero el Congreso solamente autorizó 18 millones 568 mil 365 pesos, lo que significa una reducción de 43 millones 908 mil 168 pesos, es deir, un 70.28 por ciento menos de lo requerido.
En ese sentido, “hago un llamado respetuoso a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, para que cumplan con la obligación constitucional que tienen de proveer los recursos necesarios al Instituto Electoral para la consecución de sus fines. Porque como bien lo señaló la Consejera del INE, Dania Ravel, y lo ha plasmado en diversas ejecutorias la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el no cumplir con ello (…) viola la autonomía, independencia y capacidad de gestión del IEE, por lo que es necesario que atiendan la petición que se les ha estado haciendo desde junio de manera institucional y que cumplan también con las sentencias que desde el mes de mayo les ha notificado el Tribunal Electoral del Estado”.
En otro punto del Orden del Día, en la sesión del viernes el Órgano Superior de Dirección del IEE aprobó el acuerdo relativo a las propuestas de los modelos de pautas para la distribución del tiempo en radio y televisión, para los periodos de precampaña, intercampaña y campaña a que tienen derecho los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes, en su caso, durante el actual Proceso Electoral Local.
De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral quedarán a disposición del Instituto Nacional Electoral (INE) cuarenta y ocho minutos diarios, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión.
“En el periodo comprendido entre el fin de las precampañas y el inicio de las campañas, el cincuenta por ciento de los tiempos en radio y televisión se destinará a los fines propios de las autoridades electorales, y el resto a la difusión de mensajes genéricos de los partidos políticos, conforme a lo que establezca la ley”, señala el apartado A del artículo 41 constitucional.
Mientras que, durante sus precampañas, la legislación determina que los partidos políticos dispondrán en conjunto de un minuto por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión; el tiempo restante se utilizará conforme a lo que determine la ley.
Y durante las campañas electorales deberá destinarse para cubrir el derecho de los partidos políticos y los candidatos al menos el ochenta y cinco por ciento del tiempo total disponible.
En ese sentido y conforme a la legislación en la materia y el marco constitucional, se emitieron este viernes las propuestas de distribución y de pautado de los promocionales a que tienen derecho los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes, en su caso, para los periodos de precampaña, intercampaña y campaña del Proceso Electoral Local 2023-2024; tomando en cuenta que las mismas podrán ser modificadas en caso de que se presente alguno de los supuestos contemplados en la ley.
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