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Mototaxis no caben en Ley de Movilidad

Colima, 10 Junio.- Tras llevarse a cabo en el jardín Libertad de la capital, una manifestación de personas operadoras y propietarias, de motocicletas adaptadas para prestar el servicio de traslado en algunos municipios, la Secretaría de Movilidad, reiteró su respeto y apoyo a la libre expresión y manifestación de las ideas, así como al diálogo constructivo para el intercambio de información que permitan lograr acuerdos para el desarrollo de la entidad.

Al respecto, la Semov informó que la modalidad de motocicletas adaptadas, conocidas como mototaxis, no se encuentra incluida en la Ley de Movilidad Sustentable para el estado Colima, como una opción de transporte público.

Esto, dijo, porque estudios técnicos nacionales e internacionales especifican que la propia estructura física de la unidad, representa un riesgo inminente para las personas usuarias, ya que el eje delantero es muy inestable, no cuentan con cinturón de seguridad y la velocidad que alcanzan es muy alta para la carencia de carrocería.

De acuerdo a organismos internacionales como el Instituto de Recursos Mundiales (WRI por sus singlas en inglés), la inclusión de las motos adaptadas al sistema del transporte público genera mayores problemas que beneficios.

Sobre la regularización de estas unidades motorizadas, WRI en su estudio Panorama del Mototaxismo en México, revela que “las experiencias internacionales demuestran contundentes impactos negativos sobre la seguridad vial, la salud, el medio ambiente, la economía y la estructura social”.

Cabe mencionar que en los Artículos 121 y 122 de la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, se establecen los diferentes tipos de transporte público individual, que se divide en motorizado y no motorizado. En el primer grupo se encuentran; el taxi convencional, taxi mixto, taxi ejecutivo, taxi estándar y taxi ecológico; en los no motorizados está la bicicleta pública y la bicitaxi. La Ley de Movilidad no contempla las mototaxis.

Además, la dependencia estatal expuso que los operativos se basan en la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, ya que al ser una unidad administrativa la Secretaría en mención se encarga de aplicar la Ley, mas no de modificarla, ya que esto es un trabajo del Congreso del Estado, por lo anterior, mientras La Ley de Movilidad no considere estos vehículos, el Gobierno de Colima tiene la obligación constitucional de hacer valer el marco jurídico de la entidad.

Foto tomada de la web

devdmmp

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